EDILMA ISABEL HURTADO – Secretaria de Salud 2015

Edilma Hurtado 2015 EDILMA ISABEL HURTADO
Secretaria de SaludTelefono despacho: 09 82637475 edilma.hurtado@saludtolima.gov.codespacho@saludtolima.gov.co

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Con formación en el área de la salud y una basta experiencia en el sector público y privado, Edilma Isabel Hurtado, es la Secretaría de Salud del Tolima. Es Mágister en Gobierno Municipal, Epidemióloga y especialista en Auditoría de la Calidad en Salud. Nació en Medellín pero está radicada en Ibagué hace más de 20 años. Fue Directora de Salud Pública de la Secretaría de Salud del Tolima en el año 2006 y Directora de la Oficina de Participación Comunitaria del Departamento en el 2007. Se desempeñó igualmente como Secretaria de Salud de Ibagué durante los años  1993, 1994, 1995 y 1996.

Misión

Dirigir, coordinar, evaluar y controlar el Sistema General de Seguridad Social en Salud; planear y ejecutar proyectos en la jurisdicción Departamental, en cumplimiento de las responsabilidades territoriales consignadas en la Constitución Política, la Ley y los demás reglamentos sectoriales, con el objeto de garantizar los derechos en materia de salud a la población tolimense, con criterios de equidad, solidaridad y ética.

Funciones

Corresponde a la Secretaría de Salud desarrollar las siguientes funciones:

• Coordinar con el Consejo Departamental de Seguridad Social en Salud la orientación de la salud a nivel territorial y a su vez con otras entidades públicas o privadas que tengan que ver con las acciones propias de la Secretaria de Salud.

• Ejercer la dirección de las acciones de salud en el Departamento, ejecutando y adoptando las políticas y normas científico-técnico-administrativas trazadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

• Presentar el Plan Sectorial de Salud al Departamento Administrativo de Planeación del Tolima, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo, para su incorporación en el Plan de Desarrollo Departamental.

• Administrar el Fondo de Salud del Tolima, según las normas establecidas y ser el ordenador del gasto del mismo, cuando se lo delegue el Gobernador.

• Coordinar la programación para la distribución de los recursos del sector salud a nivel departamental y gestionar la consecución de los mismos.

• Evaluar en forma periódica el desarrollo de los planes, programas y proyectos de salud en todos los niveles y evaluar el impacto alcanzado en la población y proponer los ajustes correspondientes.

• Garantizar la salud pública e intervenciones colectivas en desarrollo de los mandatos normativos sobre la materia.

• Dirigir, conocer e interpretar los resultados del diagnóstico y pronóstico del estado de salud de la población del Departamento y de las diferentes localidades del área de influencia, y los planes de salud respectivos, acordes con las políticas y estrategias de salud.

• Promover y coordinar la prestación de asistencia técnica, administrativa y financiera a los entes territoriales y a entidades públicas que prestan servicios de salud y a la vez, realizar el seguimiento y evaluación de estas acciones.

• Fomentar las actividades científicas del sector y propiciar las investigaciones que propendan por elevar el nivel de salud de los habitantes del departamento.

• Formular bajo la orientación del Ministerio de Salud y Protección Social, la política regional en materia de ciencia, tecnología e investigación, de acuerdo con las necesidades en estos campos y frente a las perspectivas del desarrollo del sector salud departamental.

• Propiciar la efectiva participación de la comunidad en los procesos de promoción, prevención y rehabilitación de los problemas de salud, así como la cogestión administrativa y la planeación y vigilancia, estableciendo los proyectos que deban adelantarse en el Departamento en materia de salud.

• Asistir como miembro de las juntas directivas de los Hospitales Empresas Sociales del Estado de II y III nivel como representante del sector.

• Promover la cultura del autocontrol, autoevaluación y transparencia en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

• Realizar las acciones de inspección, vigilancia y control a las personas naturales, jurídicas públicas y privadas que desarrollan actividades dentro de la competencia del sector salud, determinadas por las leyes y normas vigentes.

• Coordinar las acciones en salud frente a las emergencias y desastres, asesorando a los municipios e instituciones integrantes del sistema de prevención de desastres

• Preparar y ejecutar los actos contractuales necesarios para el desarrollo de los proyectos de la Secretaría.

• Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

• Promover la cultura del autocontrol en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

• Fomentar la documentación y actualización de los procesos y procedimientos de competencia de la Dependencia.

• Elaborar el plan indicativo y plan de acción (incluido el componente administrativo), de la Secretaría.

• Velar por la actualización de los sistemas de información relacionados con los temas de su dependencia, a nivel administrativo y propio de su sector, que permitan un adecuado control.

• Reportar oportunamente a la Secretaría Administrativa, las novedades que ocurran en materia de necesidades y manejo de recursos para cumplir con las obligaciones y compromisos propios de la Secretaría.

• Dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades desarrolladas por la Direcciones adscritas: Dirección de Salud Pública, Dirección de Oferta y Servicios y Dirección de Seguridad Social.

• Mantener actualizado y debidamente organizado el archivo de la dependencia, con el objeto de facilitar la consulta y/o requerimientos que sobre el particular realicen los usuarios.

• Las demás que en el marco de su objeto se deriven de los planes, programas y proyectos a su cargo y que le sean asignadas por autoridad competente.

Encuentre mayor información de la Secretaria de Salud Departamental en:www.saludtolima.gov.co

 

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