Funciones Dirección Salud Publica

 

1.    Evaluar el estado de salud de la comunidad para investigar, prevenir y controlar efectivamente las enfermedades en la población.

 

2.    Participar en la orientación de las políticas de salud pública del departamento

 

3.    Dirigir y coordinar el sistema de vigilancia  en salud pública, mediante acciones que conduzcan a la prevención de las amenazas, el mejoramiento de las condiciones ambientales y el reforzamiento de los comportamientos favorables.

 

4.    Adoptar y socializar la normatividad técnico-legal relacionada con las áreas de competencia de la Dirección.

 

5.    Dirigir el Laboratorio de Salud Pública y gestionar lo pertinente para la garantía de su funcionamiento y cumplimiento de sus competencias.

 

6.    Analizar proponer y / o ejecutar estrategias y acciones de intervención que generen impactos positivos en los problemas de salud prioritarios que estén afectando la salud de la población.

 

7.    Asesorar técnica y administrativamente a los municipios en la asunción, acompañamiento y ejecución de las competencias en lo relacionado a promoción y prevención, sistema de vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo.

 

8.    Coordinar acciones de vigilancia epidemiológica y control de factores de riesgo del consumo de medicamentos y sustancias toxicas, de factores de riesgo del comportamiento y de enfermedades producidas por vectores.

 

9.    Coordinar las acciones en salud frente a las emergencias y desastres y asesorar a los municipios e instituciones integrantes del sistema de prevención de desastres.

 

10.  Asesorar y asistir técnicamente las ARS, EPS, ESS en lo relacionado a los programas regulares y competencias de promoción y prevención del POS.

 

11.  Formular los lineamientos técnico-administrativos del plan de beneficios PAB para los municipios y para el Departamento.

 

12.  Adoptar y adaptar las políticas de salud nacionales y departamentales relacionadas con las competencias de la Dirección.

 

13.  Impulsar, participar y fortalecer el desarrollo de planes, proyectos y acciones intrasectoriales, intersectoriales e institucionales relacionados con las áreas de competencia.

 

14.  Coordinar los procesos de participación y control social en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

 

15.  Promover la cultura del autocontrol en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

 

16.  Velar porque se establezca y permanezca actualizados los sistemas de información relacionados con los temas de su dependencia, a nivel administrativo y propio de su sector que permitan un adecuado control.

 

17.  Proponer el mejoramiento de procedimientos en el área de su desempeño y efectuar su propio control interno en procura de la racionalización y agilización de los procesos administrativos.

 

18.  Velar por el ajuste y mejoramiento continuo de los procedimientos que se realizan en su dependencia, optimizando los trámites para el mejor aprovechamiento de los recursos.

 

19.  Las demás que le sean asignadas por el superior jerárquico de manera verbal o escrita y las que de manera reglamentaria se llegaren a adicionar en el futuro.

 

 

IV.  CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

 

 

1.   Las enfermedades en la población se previenen y controlan de acuerdo a los resultados de las investigaciones hechas en el Departamento.

 

2.   Las funciones y procedimientos desarrollados en la Dirección de Salud Pública se ajustan a la normatividad técnico-legal relacionada con las áreas de competencia.

 

3.   El Laboratorio de Salud Pública desarrolla sus procesos y funciona en cumplimiento de sus competencias.

 

4.   La asesoria técnica y administrativa suministrada a los municipios corresponde a las necesidades  relacionadas a promoción y prevención, sistema de vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo.

 

5.   Las acciones coordinadas en las  Dirección permiten la vigilancia epidemiológica, el control de factores de riesgo del consumo de medicamentos y sustancias toxicas y de factores de riesgo del comportamiento y de enfermedades producidas por vectores.

 

6.   La asesoría y asistencia técnica dada a las ARS, EPS, ESS corresponde a las necesidades manifestadas o encontradas en cuanto a los programas regulares y competencias de promoción y prevención del POS.

 

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